Ciudadano News
Larga distancia

Micros ya no tendrán obligación de asegurar a los pasajeros por incapacidad o muerte

La decisión fue comunicada por el Ministerio de Economía. Se da en el marco del principio de desregulación fijado en el DNU 70/23.

Redacción

Por Redacción

22 Agosto de 2024 - 12:58

La normativa derogó la Resolución 684 sancionada durante el gobierno de Alberto Fernández.
La normativa derogó la Resolución 684 sancionada durante el gobierno de Alberto Fernández. Web

El Gobierno nacional avanza con la desregulación en el transporte. La resolución 775/2024, publicada este jueves en el Boletín Oficial, deja de exigir a las empresas de transporte de larga distancia que cubran los riesgos de muerte e incapacidad de los pasajeros dentro del seguro obligatorio.

La decisión comunicada por el Ministerio de Economía y se da en el marco del principio de desregulación fijado en el DNU 70/23, publicado diciembre del 2023, con el comienzo de la gestión de Javier Milei.

La ordenanza derogó la Resolución 684, sancionada durante el gobierno de Alberto Fernández, que "establecía la ampliación del seguro de responsabilidad civil para cubrir los riesgos de muerte e incapacidad de pasajeros por accidentes en servicios de transporte automotor interurbanos de pasajeros de larga distancia".

Con la modificación, la medida deja sin efecto la obligación a las empresas de transporte de informar el costo del seguro en los boletos que se había dispuesto "a los efectos de dejar constancia del alcance de la cobertura otorgada a los pasajeros". 

micros

Por tal motivo, las empresas solo deberán brindar a los pasajeros los seguros básicos que tengan contratados y se espera que la quita del importe por la cobertura ampliada se refleje en un menor valor de las tarifas.

Micros de larga distancia dejarán de cubrir los riesgos de muerte e incapacidad de los pasajeros.
Micros de larga distancia dejarán de cubrir los riesgos de muerte e incapacidad de los pasajeros.

Por otra parte, el texto oficial recordó que el mencionado DNU establece el principio de desregulación, disponiendo que "el Estado Nacional promoverá y asegurará la vigencia efectiva, en todo el territorio nacional, de un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia, con respeto a la propiedad privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo", indica.

En esta línea, el documento considera que "para cumplir ese fin, se dispondrá la más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria en todo el territorio nacional y quedarán sin efecto todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como toda exigencia normativa que distorsione los precios de mercado, impida la libre iniciativa privada o evite la interacción espontánea de la oferta y de la demanda".