Por Ciudadano.News
26 Agosto de 2025 - 20:04
El gobernador Alfredo Cornejo se apresta a concretar la reforma del Estatuto del Empleado Público con el propósito de aliviar la carga salarial y según se afirma en los fundamentos, eliminar algunos puntos de la ley que "están obsoletos".
En ese sentido se eliminarán aspectos que significaban ciertas ventajas para los agentes estatales.Entre otras moficiaciones se distingarán dos categorías principales en lo referente a la estabilidad, se trata del personal conplanta efectiva y el personal con planta interino.
También habrá nuevo cómputo de la antigüedad y las indemnizaciones.
Principales aspectos del proyecto
El proyecto de ley propone la modificación parcial del Estatuto General del Empleado Público (DL 560/73) y del Escalafón Ley 5126.
Busca actualizar la normativa vigente, adaptándola a las exigencias de responsabilidad fiscal, a los estatutos sectoriales posteriores y a los criterios fijados por la Suprema Corte frente a interpretaciones divergentes.

Uno de los ejes centrales del proyecto es la simplificación y actualización de los artículos 1 y 2 del Decreto Ley 560/73. Allí se aclara que el estatuto podrá aplicarse de manera supletoria a personal excluido de la carrera administrativa, ampliando su alcance normativo.
Además, se incorpora de manera expresa la figura del "personal de planta interino". La propuesta recoge la jurisprudencia que reconoce a este sector una estabilidad impropia, similar a la que otorga la Ley de Contrato de Trabajo, aunque sin equipararse plenamente a la de los agentes de planta permanente.
En relación con los procedimientos, el texto deroga normas recursivas en desuso y establece que será de aplicación el procedimiento administrativo común previsto en la Ley 9003.
También se definen los efectos de la extinción de suspensiones o separaciones, diferenciando entre quienes gozan de estabilidad propia —los agentes permanentes efectivos— y aquellos con estabilidad impropia, como interinos y contratados, que no cuentan con derecho automático a la reincorporación.
Empleos hereditarios
Otro aspecto destacado es la eliminación de disposiciones que otorgaban derechos de acceso cuasi hereditarios a cargos públicos, en línea con los principios republicanos y constitucionales. Asimismo, se actualizan las reglas de indemnización, fijando un plazo máximo de 30 días para su pago.

El proyecto también precisa que el estatuto será aplicable de manera directa, residual o supletoria a todas las personas que presten servicios remunerados en relación de dependencia dentro del sector público. En cuanto al cómputo de antigüedad, se establece que solo se reconocerán los servicios prestados bajo relación de dependencia con aportes previsionales, excluyendo las contrataciones bajo locación de servicios u otras figuras autónomas.
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