28 Febrero de 2019 - 11:00
La Sala II del Máximo Tribunal rechazó las recusaciones contra Dalmiro Garay y Mario Adaro. La batalla judicial relacionada con la reelección de los intendentes justicialistas, sumó así un nuevo capítulo.
Este jueves, trascendió la decisión de la Suprema Corte en torno a la medida cautelar y con las inminentes elecciones de los departamentos liderados por caciques de origen peronista.
Cabe recordar que Dalmiro Garay, fue objetado por los intendentes de los departamentos involucrados en el litigio: San Rafael, Tunuyán, Lavalle y San Martín. Mientras que el juez, Mario Adaro fue impugnado por el Asesor de Gobierno, Ricardo Canet. A ambos se le recrimina su pasado político, previo a que dieran el paso para conformar el máximo tribunal judicial mendocino. El primero de ellos, está ligado estrechamente a Cambiemos y el segundo al Peronismo, (Adaro fue funcionario de Celso Jaque). https://www.ciudadanodiario.com.ar/nota/2019-2-28-10-15-34-alejandro-bermejo-realizo-un-balance-de-la-gestion-en-maipu
Los involucrados rechazaron de plano las recusaciones presentadas contra ellos pero todo quedó en instancias judiciales, fue así que los jueces Omar Palermo, José Valerio y Julio Gómez que conformaron la Sala II del Máximo Tribunal, se expidieron al respecto y rechazaron las recusaciones contra Garay y Adaro. “No hacer lugar a las recusaciones... contra el Sr. Ministro Dalmiro F. Garay, y... contra el Sr. Ministro Mario D. Adaro", reza parte del fallo firmado por los magistrados. https://www.ciudadanodiario.com.ar/nota/2019-2-28-7-17-55-explican-los-beneficios-de-la-baja-de-imputabilidad-a-15-anos
La resolución agrega: "La aplicación al caso, de las reglas y premisas interpretativas antes expuestas, permite concluir que no cabe hacer lugar a las recusaciones con causa bajo examen. No existen razones de peso como para dudar de la imparcialidad e idoneidad subjetivas de los Ministros Dalmiro F. Garay y Mario D. Adaro".
La próxima semana se conocerá el fallo que resolverá si los intendentes peronistas podrán presentarse a las elecciones. El mismo debe ser tratado por la Sala II, integrada por Palermo, Valerio y Adaro.
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