Por Ciudadano.News
26 Noviembre de 2024 - 09:53
El Gobierno nacional publicó este martes en el Boletín Oficial las pautas y dimensiones que deberá tener la Boleta Única de Papel (BUP), sancionada el 1 de octubre a través de la Ley 27.781. La reglamentación establece las características esenciales de la BUP, incluyendo dimensiones, especificaciones de diseño y medidas de seguridad.
La iniciativa propone condensar toda la oferta electoral para cargos nacionales en una única planilla de papel, la cual se divide en filas horizontales para cada una de las categorías a cargos electivos, y columnas o franjas verticales para cada una de las agrupaciones políticas que compiten.
A través de este mecanismo se busca fomentar la transparencia del sistema electoral argentino, garantizando la igualdad de oportunidades para todos los espacios políticos que participan en las elecciones.
Por otra parte, se asegura que los partidos con menos recursos puedan competir sin tener que afrontar los altos costos y la compleja logística de la fiscalización.
Además, promueve la transparencia en los procesos electorales, previniendo el robo de boletas y el uso indebido de los fondos otorgados por el Estado para fines ajenos a la impresión de boletas.
Características de la nueva boleta
En cuanto a los aspectos principales, se dispone que el ancho de la boleta se ajustará en función de la cantidad de listas que participen en los comicios. Por ejemplo, en los casos en que se incluyan hasta diez listas, la BUP tendrá un ancho de 25,98 centímetros; si participan entre diez y 20 listas, el ancho será de 46,3 centímetros; y si la boleta incluye más de 20 listas, su extensión será de 66,62 centímetros.
En cuanto al alto de las boletas, éste se adaptará a las categorías de cargos a elegir: 14,24 centímetros si contiene solo una categoría; 21,86 centímetros si incluye dos categorías; y 29,48 centímetros si abarca tres o más categorías de cargos en los comicios.
Las boletas también incluirán un espacio destinado a la firma del presidente de mesa, la identificación del tipo y fecha de la elección, y estarán diseñadas de forma que no podrá contener datos identificatorios que permitan individualizar las Boletas Únicas de Papel.
Con información de Parlamentario.com y 0223
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