Por Ciudadano.News
4 Mayo de 2023 - 18:53
La Vicepresidente de la Nación, Cristina Kirchner, presentó una recusación contra los jueces que integran la sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, justamente quienes deben resolver si confirman o no su condena a seis años de prisión por fraude en la obra pública en la llamada Causa Vialidad.
Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo son quienes figuran en el pedido de remoción presentado por Carlos Beraldi, abogado patrocinante de CFK, y vale recordar que en casi todas sus intervenciones en las audiencias judiciales, vinculó a los dos primeros el gobierno de Mauricio Macri, señalándolos como asiduos visitantes de la Casa Rosada en esos tiempos.
Paso al costado
Luego de esto, uno de ellos, el juez Javier Carbajo decidió por su cuenta apartarse como integrante de la Sala, y de esta forma se debe sumar un nuevo integrante en su reemplazo.
Vale recordar que este tribunal no tiene un plazo establecido para ratificar o dejar sin efecto la condena.
La decisión de Carbajo está explicada por lo que decidió en su voto para intervenir en la causa por lavado de dinero. En esa causa opinó que el delito precedente en el caso fue la obra pública que recibió durante el gobierno de los Kirchner. Al haber opinado por hechos similares, es que decidió apartarse.
“Fue así que en mi intervención en la citada causa 3017/2013 valoré, con particular relevancia, el incremento patrimonial que registró Lázaro Antonio Báez en el período allí precisado y el crecimiento de Austral Construcciones S.A. en idéntico lapso, como elementos que fueron ajustadamente ponderados en la sentencia condenatoria dictada en tal expediente y que lucen, en esta oportunidad, también justipreciados en el fallo para fundar el juicio de responsabilidad que viene en revisión”, explicó Carbajo.
También recordó que en ese caso tuvo “por comprobado que Lázaro Antonio Báez instrumentalizó a la firma Austral Cosntrucciones S.A. para recepcionar fondos públicos y desviarlos, debiendo entonces echar mano a herramientas de lavado de activos con el propósito de darle apariencia de legalidad al dinero”.
“En consecuencia, a partir del relevamiento efectuado, advierto que existen elementos de prueba que valoré al momento de legitimar la sentencia dictada en la causa 3017/2013 en cuanto a la acreditación del delito precedente, en particular, en la dinámica de la asignación de obra pública y, más concretamente, respecto de la intervención de Lázaro Báez y de Austral Construcciones en aquella operatoria ilegal, que han sido también sopesados en la resolución aquí recurrida para dictar un temperamento condenatorio en su contra, por lo que considero que mi intervención en estas actuaciones puede poner en crisis la garantía de imparcialidad que le asiste al acusado”, opinó.
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