Por Ciudadano.News
13 Abril de 2024 - 11:08
El reciente fallo de la Cámara Federal de Casación Penal que determina a Irán como Estado terrorista abre nuevas expectativas en el esclarecimiento definitivo y sobre todo en la posibilidad de penar a los responsables tanto materiales como intelectuales y facilitadores. Pero para ello hace falta una norma, que está en línea con el pedido realizado por la Justicia al Congreso de la Nación.
En ese sentido, el diputado nacional Julio Cobos junto a varios legisladores del bloque de la UCR, presentó el proyecto de juicio en ausencia, tras lo cual señaló: “con esta iniciativa que presentamos nuevamente, proponemos modificar el artículo 290 del Código Procesal Penal para incorporar el denominado Juicio por Ausencia, porque entendemos que se debe incluir en la ley procesal esta figura que permite que los imputados por delitos de lesa humanidad puedan ser juzgados en el país, aunque los mismos se encuentren en el extranjero. La realidad es que nuestro Código Procesal penal no regula la continuación del proceso ante la ausencia del imputado, por el contrario, lo suspende y es precisamente esto lo que queremos modificar”.
“Este proyecto es una representación de uno que presentamos oportunamente -en el año 2017- en el Senado de la Nación y que considera la mayoría de las propuestas previas, incluso la que presentamos en el año 2014 con Luis Petri, en la Cámara Baja. Muchos legisladores han trabajado este tema tan importante y existe jurisprudencia suficiente en fallos de la justicia de Argentina. Concretamente si logramos transformarlo en ley, se podrá avanzar con la realización del juicio en ausencia para lograr el juzgamiento de los responsables y la búsqueda de verdad en aquellos casos de crímenes de lesa humanidad”, dijo el legislador mendocino.
“La Cámara Federal de Casación Penal días atrás sentenció que el ataque contra la Embajada de Israel en marzo de 1992 y la bomba que hizo explotar la sede de la AMIA el 18 de julio de 1994 “respondieron a un designio político y estratégico” de la República Islámica de Irán y ambos atentados fueron ejecutados por la organización terrorista Hezbollah, y que la voladura de la AMIA fue un crimen de “lesa humanidad”. Además, esto es muy importante, en la sentencia solicita tanto al Ejecutivo como al Legislativo a definir a la brevedad políticas públicas en relación a la instauración del proceso en ausencia. Esta presentación es una respuesta concreta a ese pedido”.
Cobos señaló que “con este proyecto se permite la continuación del proceso penal en ausencia del imputado rebelde y hasta su total finalización, cuando un pedido de extradición formulado por nuestro país fuese denegado o no tuviere respuesta en el plazo establecido y el Poder Ejecutivo no admita el juzgamiento en aquel país, esto luego de transcurrido 6 meses desde la recepción del pedido de extradición”.
“Aquellos que voluntariamente se ausentan de la jurisdicción de los jueces naturales de una causa no pueden tener una mayor protección de la ley que quienes se someten a la jurisdicción. Por eso entendemos que con esta iniciativa brindamos una solución jurídica a las víctimas de delitos contra los derechos humanos, como por ejemplo las víctimas del atentado a la AMIA, satisfaciéndose al mismo tiempo, derechos constitucionales como el de conocer la verdad y garantizar el debido proceso legal, aún para los imputados rebeldes; en ningún caso se vulnera el derecho a la legítima defensa ni a todas las garantías procesales, lo que buscamos es justicia, no venganza. Por eso esperamos contar con el apoyo de todos los bloques y transformar esta propuesta en ley”.
Además de Cobos, el proyecto fue firmado por los legisladores Rodrigo de Loredo, Gerardo Cipolini, Danya Tavela, Natalia Sarapura, Mario Barletta, Carla Carrizo, Lisandro Nieri, Marcela Antola, Manuel Aguirre, Pedro Galimberti, Marcela Coli, Melina Giorgi yGabriela Brouwer de Koning.
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