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Vuelve a ser obligatorio un trámite fundamental para los jubilados

Desde marzo, los jubilados y pensionados deberán renovar de manera mensual el certificado de supervivencia para poder cobrar su haber mensual. Las entidades bancarias determinarán cómo será la forma para tramitarla y si será presencial o a distancia 

Por Redacción

14 de febrero, 2022 - 17:15

La Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) confirmó que volverá a ser obligatorio la realización del trámite fe de vida para los jubilados y pensionados para el cobro de haberes, medida que había sido suspendida durante la pandemia de COVID-19. Conocé los detalles.

De todos modos, según dispuso la ANSES, las entidades bancarias deberán "ofrecer alternativas no presenciales" para hacer el trámite y de esa forma facilitarle a los jubilados y pensionados la opción para no tener que concurrir a las sucursales o centros de pagos.

 

Desde cuándo será obligatoria la fe de vida

Los jubilados y pensionados deberán gestionar el trámite de fe de vida para el cobro de haberes a partir del 1 de marzo, y se renueva mensualmente.

 

Cómo se realiza el trámite

El banco donde se cobra la jubilación o pensión determina las distintas posibilidades para hacer el trámite. Para ellos no es necesario pedir un turno en el banco, dado que existen alternativas para gestionarlo de forma presencial o virtual / a distancia.

También deberán efectuarlo aquellos beneficiarios que tengan residencia fija o provisoria en el exterior desde el consulado nacional en el país en que se encuentren.

 

Qué pasa si no se hace el trámite

Desde la ANSES explicaron que aquellas personas que no hagan el trámite tendrán la suspensión del cobro de haberes.

  • Para reactivarlo, el titular o apoderado gestionen la fe de vida, sin necesidad de hacer un trámite adicional.
  • Una vez reactivado la demora en la acreditación de haberes puede demorar hasta 60 días.

 

    Requisitos y paso a paso para realizar el trámite

    • El trámite de supervivencia es gratuito y puede ser llevado a cabo por las personas titulares o por un apoderado.
    • Se debe presentar DNI, LC, LE o Pasaporte. En caso de no tener ninguna documentación, se puede acreditar la identidad y el domicilio por medio de un documento emitido por la autoridad local.
    • Presentar fotocopia del recibo de haber o del carnet de jubilación/pensión de la Caja, donde aparezca el número de beneficiario.
    • También se puede acreditar la supervivencia mediante compras con tarjeta de crédito en cualquier comercio
    • En el caso de beneficiaros que cobran sus haberes en el Banco Nación, desde la entidad informaron que se puede acreditar la supervivencia a través de compras con tarjetas de débito en farmacias o supermercados, o con tarjetas de crédito en cualquier comercio. Para esto es necesario contar con un paquete de servicios previsional.
    • En caso de realizarlo de manera virtual, se habilitó la aplicación BNA+ para tramitar la fe de vida.

     

    Métodos utilizados para acreditar fe de vida:

    • Cobrar la jubilación o pensión por ventanilla en el banco.
    • Realizar una compra con la tarjeta de débito o crédito asociada a la cuenta bancaria.
    • Poner la huella digital en los diferentes tótems de los bancos.
    • Acercándote a una Terminal de Autoconsulta biométrica ubicada en las Oficinas de ANSES.

     Para saber cuál de estas modalidades corresponde, la Administración sugiere revisar el listado de bancos y sus protocolos en el siguiente link: https://www.anses.gob.ar/tramite/fe-de-vida-supervivencia

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