Por Ciudadano.News
1 Noviembre de 2022 - 15:10
"Con los elementos hasta ahora colectados, no se ha evidenciado en Díaz ningún despliegue adicional de conducta que permita asignarle a su conducta alguna relevancia jurídico-penal". Así es el veredicto firmado por los jueces Mariano Lloren, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, al referirse a Agustina Díaz.
La mujer es una de las integrantes de la "Banda de los Copitos", sindicada como responsable del ataque a Cristina Fernández de Kirchner.
El fallo dispuso así la falta de mérito respecto de Díaz, amiga de Brenda Uliarte, a quien esta última había agendado en su celular como "Amor de mi vida". De esta forma, la Cámara Federal porteña dejó en libertad a la joven, y dio la orden a la jueza María Eugenia Capuchetti para elevar parcialmente la investigación a la etapa de juicio oral.
"Si bien no se puede descartar un cierto conocimiento de Díaz sobre el plan, tampoco se puede asumir que por esa sola circunstancia y las manifestaciones efectuadas a Uliarte (donde no se aprecia contribución de cargo) se configure una complicidad secundaria" dijo la Cámara, a la hora de desvincular en forma parcial a Agustina Díaz.
Al mismo tiempo, ese tribunal confirmó el procesamiento del jefe de dicha banda, Gabriel Carrizo, aunque en este caso se ordenó evaluar la posibilidad de reducir la prisión preventiva y cambiarla por una prisión domiciliaria, en el último de los casos monitoreada con tobillera electrónica.
Gabriel Carrizo, Brenda Uliarte y Fernando Sabag Montiel (autor material del magnicidio) son, de momento, los únicos detenidos. Para ellos es que la Cámara pidió que dicho expediente pase rápidamente a la etapa de juicio.
En una parte del fallo puede leerse "con la premura que el caso impone, eleve estas actuaciones respecto de los imputados cuyas situaciones procesales se encuentran resueltas a la instancia de debate oral y público, etapa que resulta la adecuada para el análisis y confronte global de los elementos probatorios aquí colectados”.
La investigación sigue
Los jueces se apresuraron a aclarar que la investigación del caso no se reduce a estas tres últimas personas detenidas, sino que se ordenó "continuar con las diligencias pertinentes en los demás legajos de investigación formados al efecto, y profundizar, agotando cualquier hipótesis que pueda vincularse con este hecho de gravedad institucional, determinar la pauta de contexto que motivara el fin perseguido por los autores y eventuales o posibles cómplices del hecho criminal”.
Es por esto que -según sigue dictando el fallo- "la jueza María Eugenia Capuchetti deberá ahondar la encuesta en orden a otras posibles hipótesis aun no esclarecidas, como la actuación de las agencias de seguridad y el personal que se encontraba a cargo de la custodia y seguridad de la vicepresidenta".
Con respecto a Gabriel Carrizo, el fallo sostiene que "diligencias pertinentes en los demás legajos de investigación formados al efecto, y profundizar, agotando cualquier hipótesis que pueda vincularse con este hecho de gravedad institucional, determinar la pauta de contexto que motivara el fin perseguido por los autores y eventuales o posibles cómplices del hecho criminal”.
En otra parte del documento se deja en claro que "lo que se exige para emitir un juicio de responsabilidad en esta etapa provisional, es la acreditación de los elementos probatorios que resulten suficientes para reunir un estado de probabilidad que sitúe el trámite de las actuaciones hacia la etapa de acusación y debate".
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