|12/04/22 01:44 PM

Violó el aislamiento en la pandemia y ahora deberá donar leche a un merendero

El imputado fue procesado por infracción al artículo 205 del Código Penal en dos oportunidades y estaba por ser enviado a juicio oral.

Por Redacción

12 de abril, 2022 - 13:44

Un hombre que violó el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) fue condenado por la justicia de Bahía Blanca y la Cámara Federal de Casación Penal confirmó esa sentencia por lo que deberá cumplir su pena donando leche a un merendero en lugar de ser sometido a un juicio oral.

La justicia de Bahía Blanca dispuso que un procesado por violar el aislamiento determinado para mitigar los contagios de coronavirus en marzo de 2020 done 20 litros de leche durante cuatro meses a un merendero antes de pasar por el proceso de un juicio.

El máximo tribunal penal federal del país rechazó por "inadmisible" una apelación fiscal contra lo ordenado por el juzgado federal 2 de Bahía Blanca y confirmó así la decisión de fijar esa obligación en el marco de la teoría de la "reparación integral del eventual daño".

 

El caso

En plena pandemia de COVID-19, el procesado fue detenido dos veces en la vía pública de la localidad de Coronel Suárez, provincia Buenos Aires, el 21 y 22 de marzo de 2020, sin poder justificar los motivos por los cuales estaba en la calle.

En ese momento regía en todo el país el ASPO, por lo que fue procesado. El hombre, ofreció a través de su defensa oficial la donación de 20 litros de leche por mes, durante cuatro meses, al merendero del Club Estudiantes Ferroviario Mitre, algo que fue aceptado por el juzgado que lleva el caso.

Casación declaró inadmisible la apelación de la fiscalía en un fallo en el que sostuvo que la conducta endilgada al encausado "no representó por cierto ni siquiera un daño mínimamente potencial al bien jurídico tutelado" y los hechos ocurrieron "a poco de publicarse en el Boletín Oficial el decreto 297/2020" que estableció el ASPO.

Lo resuelto por el juzgado bahiense "deviene acertado y resulta una razonable aplicación de la ley al caso concreto, el cual, por lo demás, se muestra a todas luces insignificante a la luz de los principios más elementales del derecho penal", se advierte en el fallo.

El imputado fue procesado por infracción al artículo 205 del Código Penal en dos oportunidades y estaba por ser enviado a juicio oral.