Por Ciudadano.News
3 Noviembre de 2022 - 21:31
La presentación de tres proyectos de ley relacionados con las tarifas al transporte se realizó en la Comisión de Transporte del Senado de la Nación. Uno de ellos fue el que presentaron los senadores nacionales Alfredo Cornejo y Mariana Juri, que propone la creación, en todo el territorio nacional, del Programa Nacional de Reparto Equitativo y Federal de Subsidios Nacionales al Trasporte Público de Pasajeros, tanto para líneas urbanas como suburbanas del país.
Juri, senadora de la Nación, explicó a Ciudadano News en El Interactivo: “Estamos trabajando junto con el senador Cornejo y con algunos otros senadores en la posibilidad de un proyecto para distribuir más equitativamente y en forma federal los subsidios al transporte público de pasajeros”.
Actualmente, el reparto privilegia de manera absoluta la zona del AMBA, y al respecto, la legisladora remarcó: “Me gustaría decir que diariamente son más o menos 10 millones de viajes los que se realizan en la Argentina en transporte público, por lo cual imaginen si es una política pública que impacta en este tema. Hablamos de urbano-interurbano. Contarles también que el transporte público es muy subsidiado por el gobierno nacional, pero para tener una noción, el 80% de los subsidios del gobierno nacional van solo al AMBA y el 20% restante se distribuye entre todas las jurisdicciones del país”.
“Hay además provincias como Mendoza, en donde hacen un gran esfuerzo sus gobiernos provinciales para mantener el precio del boleto; de hecho el de Mendoza es el más barato del interior del país, pero imaginen que el rango de precios, hay argentinos que pagan 25 pesos su boleto y hay argentinos que por tramo similares pagan 100 pesos diarios de transporte público de pasajeros”, precisó.
Para los autores del proyecto “Hay una inequidad absoluta, sobre todo teniendo en cuenta aquellos distritos más lejanos, que incluso no tienen otras alternativas de viaje. Así que sin dudas la Argentina se tiene que replantear una forma distinta de distribuir estos subsidios y por eso este proyecto que estamos presentando”.
Son varios los proyectos, de diferentes paridos, con puntos de coincidencia muy altos. “Más allá de los partidos, todos los senadores del interior del país advertimos que tenemos que cambiar este sistema. Esperemos poder avanzar”, agregó Juri, concluyendo que “pretendemos que esto sea tratado este año pero es decisión del oficialismo, ayer se abrió en la comisión de transporte en donde pudimos habilitar el tratamiento, de nuestra parte quisiéramos acelerarlo pero la verdad que esto, como muchas cosas del Senado dependen del oficialismo”.
El proyecto
La iniciativa regula lo relativo al programa y la forma de financiamiento. La finalidad es la distribución de los subsidios con criterios equitativos para líneas urbanas y suburbanas de jurisdicción provincial, nacional y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El programa se financia mediante la creación del Fondo Único de Asistencia al Transporte Público de Pasajeros por Automotor Urbano y Suburbano de la República Argentina. Su composición primigenia se conforma con los aportes totales realizados por el Estado nacional al Fondo de Compensación al Transporte Público de pasajeros por automotor urbano y suburbano del interior del país, más los aportes totales realizados a las líneas de jurisdicción nacional, ajustado por la inflación incluida en el Presupuesto.
Los criterios de Reparto del Fondo Único que la ley crea son tres: Unidades Computables: Unidades habilitadas, vigentes y declaradas a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) por todas las jurisdicciones provinciales del país y CABA; y unidades afectadas a los servicios de jurisdicción nacional.
Agentes Computables: Cantidad de empleados activos declarados al Ministerio de Transporte de la Nación mediante el Sistema Informático de Liquidación y Administración de Subsidios(SILAS), con un máximo de 3 agentes por unidad computable.
Kilómetros Recorridos: Cantidad de kilómetros promedio mensuales recorridos por las unidades computables en el semestre inmediato anterior.
El mismo artículo que regula los criterios contiene un importante tope a la distribución, al prever que en ningún caso podrá destinarse más de 30% de la totalidad de fondos existentesen el fondo a una misma provincia y/o jurisdicción.
Asimismo, el Ministerio de Transporte tiene la función de realizar la redistribución sobre la base de los recursos del Sistema Integrado de Transporte Automotor (SISTAU), de los impuestos sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono conforme lo estipulado en el artículo 19 de la Ley 23966 (TO 1998), con las modificaciones introducidas por el artículo 143 de la Ley 27431, y sus normas reglamentarias; y con recursos del Presupuesto General que se transfieran al Fideicomiso creado en virtud del artículo 12 del Decreto 976 de fecha 31 de juliode 2001.
Se obliga a las provincias y a la CABA a implementar mecanismos de asistencias complementarias a las otorgadas en el marco del programa nacional, para brindar sustentabilidad a sus respectivos sistemas de transporte público de pasajeros.
Al respecto, se trabajará en coordinación con el resto de los senadores que han presentado proyectos, para perseguir el mismo objetivo de dejar de lado la inequidad en el reparto de fondos para el transporte público automotor, con el fin de acordar un texto ordenado y consensuado para poder ser tratado en la cámara.
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