Por Ciudadano.News
9 Octubre de 2018 - 08:54
La decisión del gobierno de compensar a las empresas de gas por la devaluación, incomprensible por donde se la mire, sigue generando polémicas y la posición oficial parece cada vez más insostenible. La comunicación oficial de la Secretaría de Energía dispuso que, desde el 1° de enero de 2019, las empresas distribuidoras de gas cobren en 24 cuotas un monto extra a lo ya facturado entre abril y septiembre.
Por un lado, la Justicia tomó cartas en el asunto, y el fiscal Guillermo Marijuan denunció penalmente a Javier Iguacel, acusándolo de abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público. https://www.ciudadanodiario.com.ar/nota/2018-10-9-7-23-53-anuncian-plan-de-inversiones-para-la-telecomunicacion
Pero por otro lado, el abogado Sergio Mohadeb, quien lleva adelante los sitios de redes "Derecho en Zapatillas", compartíó un modelo de carta de reclamo que se viralizó rápidamente. "Por medio de la presente impugno la factura de gas nro. [...] de fecha [...] en atención a incluir un cargo retroactivo. Las facturas anteriores están pagas, y por ende extinguieron la obligación de pagar la tarifa de ese período, artículo 880 del código civil y comercial y por ende también se viola el principio de irretroactividad (art. 7 del código civil y comercial) y mi derecho de propiedad. Por ese motivo solicito la supresión de ese cargo y desde ya impugno la norma general en que se basa. La presente no es una declaración completa de los hechos y del derecho y mi parte desde ya reserva el derecho de ampliar y promover las demás acciones legales que correspondan en caso de que no se avengan a deducir el cargo citado", reza el modelo que difundió. https://www.ciudadanodiario.com.ar/nota/2018-10-9-7-57-47-cornejo-el-aumento-del-gas-es-imposible-de-pagar
El artículo invocado es breve pero contundente: "El pago realizado por el deudor que satisface el interés del acreedor, extingue el crédito y lo libera", lo que estaría marcando claramente que sobre una deuda cancelada no hay reclamo posible.
También reproduce un fragmento de la ley 24.076, que regula la actividad de las prestadoras del servicio de gas, donde queda claro que los reclamos por retroactividad no están contemplados.El fundamento del gobierno fue que las distribuidoras compran el insumo en dólares y se lo venden en pesos a sus clientes, entonces, cuando se acordaron los cuadros tarifarios lo hicieron con un dólar a menos de 20 pesos, mientras que al momento del pago el dólar estaba entre $ 28 y $ 38, lo que origino una deuda de las distribuidoras con las productoras. Ese es el costo que trasladan a los usuarios. Cabe preguntarse por qué, si toda la sociedad fue afectada por la devaluación, algunos perjudicados deben ser auxiliados y el resto no.
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