Por Ciudadano.News
13 Febrero de 2023 - 15:56
El Tribunal Oral de Santa Rosa, La Pampa, informó este lunes que el próximo viernes a mediodía se dará a conocer la sentencia correspondiente a Magdalena Espósito Valenti y a su pareja, Abigail Páez, por el asesinato agravado del niño Lucio Dupuy, ocurrido en noviembre de 2021.
Espósito Valenti, la madre biológica de Lucio, y Páez, fueron declaradas responsables del asesinato del niño y abuso sexual por los que podrían ser condenadas a prisión perpetua. Sin embargo, siguiendo el procedimiento establecido por el Código Procesal de La Pampa, una vez declaradas culpables, se debe realizar una "audiencia de censura" en la que se establece la cantidad de la pena a imponer.
La audiencia se llevó a cabo hoy sin la presencia de las acusadas, pero sí con la presencia de sus abogados defensores y las demás partes, incluyendo la representación del menor, la fiscalía y la querella.
El abogado de la querella, Mario Aguerrido, reclamó la pena de prisión perpetua más la accesoria de "reclusión por tiempo indeterminado", lo que restringe futuras posibilidades de liberación anticipada. Por su parte, la fiscal Verónica Ferrero también solicitó la pena de prisión perpetua. Las defensas oficiales de las acusadas, lideradas por María Silvina Blanco Gómez y Pablo De Biasi, aceptaron tácitamente la pena máxima establecida por el Código, pero solicitaron al tribunal que fije una fecha de vencimiento de la condena.
Aunque persiste una discusión sobre la cantidad máxima de la pena a cumplir en realidad por la condena a perpetua, ambas defensas argumentaron que si no se establece un plazo temporal, la pena podría implicar, literalmente, una prisión hasta la muerte.
Las acusadas permanecieron durante la audiencia en la cárcel de San Luis, donde están detenidas desde los hechos que culminaron en la muerte de Lucio Dupuy.
Después de la audiencia, el tribunal fijó fecha para la lectura de la sentencia para el próximo viernes, momento en el que, a diferencia de lo ocurrido hoy, la lectura de la sentencia podría ser transmitida públicamente a través de los medios audiovisuales del Poder Judicial de La Pampa.
Los alegatos
Ferrero, en el inicio de los alegatos, pidió que ambas acusadas sean condenadas a prisión perpetua porque, frente a los delitos cometidos, el Código Penal prevé solamente esa pena.
Aguerrido adhirió al planteo del Ministerio Público Fiscal, pero le añadió el requerimiento de que la pena sea de reclusión por tiempo indeterminado, una alternativa que prevé el artículo 52 del C.P., en relación con el 80. Lo fundó, entre otras razones, en la extensión del daño provocado a “un chico absolutamente vulnerable”, agregando que la muerte de Lucio fue el final de un proceso de maltrato infantil.
Por su parte, Blanco Gómez le pidió al Tribunal que cuantifique la pena que le correspondería a Páez, por entender que si se aplicase la prisión perpetua –con las normas vigentes hoy en el país– “solo saldrá de la cárcel con su muerte, ya que actualmente la pena perpetua es material y literalmente perpetua”. Además, solicitó que esa cuantificación sea la mínima por la carencia de antecedentes penales y la edad de la imputada (28 años); y afirmó que la Corte Suprema ya fijó la inconstitucionalidad de la reclusión por tiempo indeterminado.
Finalmente, De Biasi, al hablar por Espósito Valenti, brindó argumentos similares. Requirió que se le cuantifique la sanción (habló de “una pena en años”). Sostuvo que la prisión perpetua que establece el Código Penal es inconstitucional, que los tratados internacionales impiden la aplicación de penas “crueles, inhumnas y degradantes”, y que con la perpetua ni siquiera la acusada tendría acceso –en algún momento– al beneficio de la libertad condicional para su “readaptación social”. A diferencia de Blanco, Gómez mencionó un número: afirmó que el tiempo máximo de la prisión perpetua en la Argentina es de 25 años y requirió que se le aplique el mínimo legal.
En sus réplicas a esos fundamentos, Ferrero manifestó que “la prisión perpetua es constitucional y no es contraria a las convenciones y tratados internacionales”; y Aguerrido remarcó que “la Corte Suprema ya fijó la constitucionalidad de la prisión perpetua” y que “no corresponde fijarla en años”.
Antes que Ongaro, como presidenta de la Audiencia, anunciara que el viernes se conocerán las penas que recibirán Espósito Valenti y Páez, preguntó si alguna de las imputadas quería hablar y ambas –a través de sus defensores– respondieron que no.
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