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Autorizaron a inscribir a un bebé con dos papás y una mamá

El Registro Civil, se opuso a la medida y el Defensor de los Menores y de la fiscalía junto a la jueza hizo lugar a la demanda

Por Redacción

13 de julio, 2022 - 18:31

En las últimas horas, la jueza Myriam Cataldi emitió una fallo histórico y autorizó a una pareja poliamorosa a inscribir a un bebé con dos papás y una mamá. A pesar de que la sentencia no está firme, se conoció que la magistrada dio lugar a un caso que, hasta el momento, es excepcional.

A través de la denominada "triple filiación por poliamor", apostó al modelo de la "coparentalidad formando una familia con una mujer con el mismo deseo filial”.

Según contaron, la historia la integran dos hombres que están en pareja y conviven desde 2018. Ambos tenían el deseo de ser padre "pero no querían adoptar ni optar por la gestación por subrogación, por lo que decidieron formando una familia con una mujer con el mismo deseo filial”.

Después de algún tiempo, indicaron que hubo una con la que mantuvieron conversaciones, tanto por redes como en persona, y después de acordar algunos detalles acordado, presentaron el caso a la jueza como una idea “novedosa, original y disruptiva”.

Cabe destacar que al principio, el Registro Civil, se opuso a la medida y el Defensor de los Menores y de la fiscalía junto a la jueza hizo lugar a la demanda y dictó la inconstitucionalidad del último párrafo del artículo 558 del Código Civil. Para Cataldi, infringe derechos de la Constitución Nacional y Tratados Internacionales de Derechos Humanos.

¿Qué dijo la jueza?

Myriam Cataldi argumentó su decisión con el “derecho a conformar una familia en términos diversos y plurales” y con el “derecho a la no discriminación por la triple filiación o poliamor filiatorio”.

En este marco, sostuvo: “No se está quitando el valor de la carga genética de cada uno, sino desplazándose la importancia de las relaciones que antes se daban únicamente por lazos sanguíneos hacia el corazón del amor y de la solidaridad. La Corte ha señalado que en la Convención Americana no se encuentra determinado un concepto cerrado de familia, ni mucho menos se protege solo un modelo en particular de la misma ”, señaló la magistrada.

En esa línea, planteó: “La realidad demuestra cotidianamente que no en toda familia existe una figura materna o una paterna, sin que ello obste a que esta pueda brindar el bienestar necesario para el desarrollo de niños y niñas”.