|30/01/20 04:31 PM

Guillermo Merediz a El Ciudadano: "Necesitamos que la economía empiece a producir"

Podrán ingresar micro, pequeñas y medianas empresas así como monotributistas, autónomos, cooperativas y clubes de barrio, entre otros contribuyentes. Permitirá una quita promedio del 42% sobre el total de las deudas

Por Redacción

30 de enero, 2020 - 17:19

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció la puesta en marcha de una moratoria para las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes). La adhesión al régimen podrá efectuarse hasta el 30 de abril de 2020.

Por esto, el Secretario PyMe de la Nación, Guillermo Merediz, habló de manera exclusiva con El Ciudadano y detalló cómo será el Plan Moratoria 2020.

Cómo acceder al plan

Las empresas interesadas en acceder a este mecanismo de alivio para sus deudas deberán inscribirse a través del sitio web de la AFIP. El aplicativo estará disponible a partir del 17 de febrero. También podrán acceder a la moratoria los monotributistas y autónomos.

En todos los casos, las personas humanas y jurídicas que decidan acogerse al plan deberán contar con el Certificado Mipyme otorgado por el Ministerio de Desarrollo Productivo. A su vez, la reglamentación de la AFIP contempla que entidades sin fines de lucro como cooperativas, consorcios de propietarios y clubes de barrio podrán acceder al régimen.

Para ello deberán acreditar su forma jurídica ante el organismo. La moratoria es una de las herramientas previstas en la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva para atender la difícil situación que atraviesan las pequeñas empresas, los monotributistas y las entidades sin fines de lucro.

La iniciativa ofrece un tratamiento especial para las deudas acumuladas a lo largo de los últimos años como consecuencia del proceso de parálisis productiva y la imposición de condiciones prohibitivas de acceso al crédito. Las estadísticas de la AFIP muestran que entre 2015 y 2019 cerraron 24.505 empresas.

El sector más afectado a lo largo de ese período fue el de las Mipymes: los empleadores con hasta 10 trabajadores explican el 91% del total de empresas afectadas por la crisis.

Las características del Plan Moratoria 2020

  • Será posible acceder entre el 17 de febrero y el 30 de abril.
  • Hasta 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras (hasta 60 cuotas para aportes y retenciones).
  • Condonación parcial de intereses y total de multas.
  • Tasa del 3% mensual fija por un año y a partir de ese momento, una tasa variable.
  • Permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que un contribuyente tenga a favor en AFIP para restarlo de la deuda
  • Permite reformular todos los planes de facilidades de pagos vigentes o caducos en una sola cuota (los beneficios para los contribuyentes serán menores que el resto de las empresas).
  • Se puede incluir deuda vencida hasta el 30 de noviembre de 2019
  • Levantamiento de embargos y suspensión de la acción penal.
  • Es necesario contar con el Certificado Mipyme que otorga el Ministerio de Desarrollo Productivo. El documento puede obtenerse hasta el 30 de abril.

El informe de El Ciudadano desde Casa Rosada: