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Representatividad política y equilibrio fiscal en la reforma constitucional

Una especialista en Derecho Constitucional explicó la importancia de esta reforma y la oportunidad que se abre para ampliar y garantizar derechos y mejorar la función de la política institucional

17 de agosto, 2020 - 07:58

Los tiempos para readecuar y modernizar el funcionamiento de las instituciones, nunca parecen ser los adecuados. Siempre las urgencias se interponen en el diseño y ejecución de las políticas a largo plazo, que, si no responden a los problemas más acuciantes, sí pueden asegurar escenarios más tranquilos en el mediano plazo.

Tal es el caso de la discusión que el gobernador Rodolfo Suarez ha arrojado sobre la mesa para que la dirigencia política mendocina empiece a debatir una necesaria reforma parcial de la Constitución provincial.

Las instituciones democráticas mendocinas funcionan en general bien, pero requieren de la adaptación a los tiempos presentes y a complementar algunos preceptos que se incorporaron en la Carta fundamental de la Nación reformada en 1994.

Los intentos reformadores desde el retorno de la democracia han sido muy escasos a causa de la rigidez de la propia Constitución para ser reformada y también por alguna posición doctrinaria en cuanto a las mayorías necesaria para que el ciudadano votante apruebe en plebiscito dichos cambios.

Para referirse a este tema la abogada constitucionalista María Gabriela Ábalos accedió a una entrevista radial con CNN Radio Mendoza donde explicó algunas características del proyecto reformador de Suarez y describió algunas de las características de la ley fundamental que rige la política mendocina desde su sanción inicial en 1916.

Ábalos señaló que es importante instalar el debate en la ciudadanía, pero advirtió que es un proceso largo que recién comienza, por lo cual es necesario que en una discusión de algo tan importante participen todos. Y destacó que es en la Legislatura donde en forma inicial están representadas todas las expresiones políticas. Y es allí donde se debe comenzar a discutir una iniciativa que, esta vez fue propuesta desde el Poder Ejecutivo, pero que puede ser también originada en cualquiera de las dos cámaras.

La entrevistada, que también es docente de Derecho Constitucional, llamó la atención sobre que para introducir cambios en el texto constitucional son necesarias primero mayorías especiales (dos tercios de los integrantes de cada cámara) para dictar la ley que declare la necesidad de reforma y luego someterla al voto de la ciudadanía por sí o por no si están de acuerdo de proceder a la reforma, y a partir de allí convocar a la elección de integrantes de una convención constituyente que tendrá la facultad de discutir e introducir o no hacerlo, los cambios que esa ley detrminó.

 

Control y representatividad

Uno de los puntos que sugiere el Gobernador es el de evitar las elecciones parlamentaria o de medio término que se realizan cada dos años para renovar por mitades el Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia.

María Gabriela Abalos se refirió al interrogante sobre los efectos de renovar las cámaras en forma completa cada cuatro años junto a la elección del Gobernador. Explicó que si bien es necesario para la aplicación de las políticas que el jefe del ejecutivo cuente con el apoyo de una mayoría propia. Pero cuando eso no se da es imprescindible la sana negociación entre las partes integrantes del cuerpo legislativo “donde está representada la pluralidad de pensamiento de una sociedad”. Y si eso no es posible o no hay capacidad para hacerlo, se traduce en la casi imposibilidad de gobernar.

Pero por otra parte la entrevistada también señaló que se puede dar el caso que de tener una mayoría propia el Poder Ejecutivo se pierda la posibilidad de que el legislativo ejerza la función de control.

El actual sistema de elección legislativa cada dos años, fue claramente explicado por la doctora Avalos, señalando que de esa manera los votantes tienen la oportunidad de avalar las políticas que se han venido desarrollando o expresar a través del voto la disconformidad elgiendo a representanrtes de un partido diferente.

 

Pueblo o departamentos

La propuesta de reforma también incluye la eliminación de una de las cámaras legislativas por una sola de 48 integrantes.

Al respecto la especialista en Derecho Constitucional respondió que actualmente tanto el Senado como Diputados provinciales tienen idéntica representatividad e igual sistema de elegirlos, porque solo representan a las cuatro secciones electorales en que está dividida la provincia solamente en proporción a la población, y no están representados los municipios. Y allí la doctora Abalos llamó la atención sobre que el poder político en Mendoza también debe ser repartido con 18 municipios y que en la Legislatura no tienen representación.

En ese sentido sugirió que los pobladores tanto de las ciudades cabeceras de los departamentos como los distritos deberían tener la posibilidad de dictar sus respectivas cartas orgánicas. Esto lo refirió la profesional en consonancia con la necesidad de respetar las autonomías municipales que exige la constitución nacional.

Por eso Ábalos aconsejó que se debe hacer un debate integral sobre la representatividad de las cámaras legislativas, si es adecuado aplicar un sistema de unicameralidad y también sobre la forma en que se deben elegir los distintos cargos. Aquí remarcó que junto a la reforma constitucional también cabe la necesidad de adecuar la legislación electoral si es que se quiere seguir utilizando la boleta sábana o no.

Destacó la importancia del tema que debe ser debatido en todo su conjunto dada la riqueza de las posibilidades de representación, y que de otro modo hacerlo en forma parcial implicaría la realización solamente de parches. Aquí la entrevistada enfatizó que se abre la posibilidad de analizar un amplio panorama en cuanto a la representación poblacional y territorial y expresó que se abre una gran posibilidad para las representaciones independientes desde los distritos.

 

Equilibrio fiscal

Otro de los ítems incorporados en el proyecto de reforma es el de instituir el equilibrio fiscal como un derecho colectivo, a ello Ábalos respondió con el antecedente de la provincia de Entre Ríos incorporado a su constitución en 2008.

El concepto es que se basa ese precepto fue explicado así: “Si el estado no puede sostener un equilibrio fiscal no puede garantizar ningún derecho, o sea que por un lado tenemos los derechos sostenidos por los tratados internacionales con jerarquía constitucional casi imposible de enumerar, pero no nos fijamos que nuestros estados tengan las cuentas en orden y no estén en permanente déficit”. Y se preguntó “cómo se va a sostener la salud pública, la seguridad y la educación como derechos si no hay un equilibrio fiscal”.

También destacó que si ese percepto se incorpora, cualquier ciudadano tendrá el derecho de reclamar ante un juez para que el Poder ejecutivo muestre sus cuentas y se pueda comprobar si están en orden.

Aquí Ábalos señaló que este punto es fundamental para que se sostengan las garantías de que el Estado pueda garantizar el ejercicio de los derechos que se proclaman. Además apuntó que esta puede ser una manera para que el equilibrio fiscal no sea un tema coyuntural del gobierno actual o de los pasados y los por venir sino una política permanente del Estado.

Para enfatizar sobre esto la especialista expresó que “todos los mendocinos deberíamos exigir al gobernante en todo momento, fuera de toda coyuntura que como cualquier administrador informe sobre los que ingresa y lo que gasta si no no habrá cómo sostener los derechos que se reconocen”.