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Luces bajas: en caso de no usarlas, sería falta leve

La iniciativa fue presentada por la legisladora radical Maricel Arriaga y las faltas podrían disminuir de $15.400 a $2.200

Por Redacción

10 de junio, 2021 - 20:31

La Cámara de Diputados de Mendoza aprobó con media sanción proyecto que reduce a leves las multas por no usar las luces bajas en la circulación. A través de la iniciativa de Gustavo Cairo (PRO), Maricel Arriaga y Adrián Reche (UCR) se logró bajar de $15.400 a $2.200 el monto de la sanción.

De acuerdo con esta modificación la legisladora Arriaga señaló que "surgen como acuerdo pactado del Consejo Provincial de Seguridad Vial” y que es un proyecto que "surge para dar respuesta a un reclamo social que hace tiempo se da”.

Asimismo explicaron que "sigue siendo obligatorio el uso de las luces bajas" nada más que a partir de ahora "esta infracción va a estar encuadrada como una multa leve"

Argumentos a favor de la medida:

Gustavo Cairo (PRO) indicó respecto al uso de luces bajas, que Mendoza “es la única provincia que lo exige dentro del país, en las zonas urbanas. Se trata de bajar la categoría de multa”

De acuerdo a esta posición se llegó a la conclusión que la Provincia tenía que estar en concordancia con la Ley Nacional. Y agregó: "No caben dudas que la obligatoriedad de circular con luces bajas encendidas en forma permanente en zonas netamente urbanas, donde generalmente se circula a baja velocidad se torna una medida innecesaria, dado que no incide en la producción de accidentes o dicho de otro modo, no evita la producción de los mismos", no obstante, sostuvo, "éste es un paso importante".

“Cobrar una multa de 15 mil pesos nos parecía un exceso por eso acompañamos esta media sanción que, reitero, es un paso importante”, acotó.

Mario Vadillo (CxM), coincidió y sostuvo que “lo que se conjuga son dos cosas muy importantes, por un lado lograr la seguridad vial como lo es la adaptación de nuestra Ley provincial a la Ley nacional, donde se prevé a los nuevos dispositivos de seguridad como lo es el RLD, que son las luces led, que permiten la identificación del automotor sin tener que tener la luz baja prendida".

Por su parte, Germán Gómez (FdT-PJ) indicó que su bloque acompañaría con su voto afirmativo el proyecto.  El legislador repasó estudios realizados hace varios años y sostuvo que al momento de aplicar multas graves por no llevar las luces bajas encendidas causó el efecto de concientización que se requería".

Y Mailé Rodríguez (FIT), se abstuvo a la hora de la votación al señalar que “el espíritu  no debería ser punitivo sino educativo. Estamos de acuerdo con la disminución de las multas,  pero tiene efecto recaudatorio en su espíritu integral”.

Texto del proyecto:

  • Sustituye el inc. a) del Artículo 51 de la Ley Provincial 9024 estableciendo que: el uso de luces bajas es obligatorio “de forma permanente, excepto cuando corresponda luz alta y en los cruces ferroviarios; o luces de conducción diurna (DRL), excepto cuando por  situación de luz natural disminuida corresponda luces bajas”.
  • Sustituye el inc. 3) del Artículo 52, disponiendo: la prohibición de circulación por la vía pública sin las luces bajas o luces de conducción diurna (DRL) encendidas desde el comienzo de la circulación”.

En tanto, la Ley 9024, ya agrega en su artículo 51 - sobre Uso de las Luces - que: “En la vía pública los vehículos automotores deben encender sus luces desde el momento en que el mismo empieza a circular”.