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Justicia en Mendoza: de audiencias virtuales al debate por la perpetua

El 2020 fue atípico también para el sistema judicial, que sufrió cambios en la modalidad de audiencias

04 de enero, 2021 - 08:57

Se fue el 2020, año que seguramente será recordado por todos como ‘el de la pandemia’. Los cambios generados a partir de la irrupción de una cepa de un virus mortal que hizo estragos en cualquier sociedad del mundo, llevaron a modificar la vida de las personas y también de las instituciones, tanto privadas como públicas.

Al ser el Estado quien debía tomar rápidas acciones para mitigar el avance del coronavirus, los ojos se pusieron en él como un niño mira a un caramelo. Lo cierto es que desde marzo hasta la fecha nada fue igual para nadie. Y en el caso del sistema judicial, hubo cambios radicales que si bien formaban parte de un proceso pensado a futuro, la pandemia de COVID-19 lo aceleró a fondo.

La agenda del Ministerio Público Fiscal tenía varios juicios en puerta y audiencias importantes que pasaron a formar parte del campo virtual o remoto, como suele decirse. La imposibilidad de reunir personas en un lugar cerrado hizo que la estrategia del Poder Judicial se volcara a resolver todo mediante una transmisión en vivo por plataformas específicas para este trabajo.

 

“Un mecanismo práctico”

En los últimos años, la Justicia mendocina –la nacional también– fue motivo de innumerables críticas por sus decisiones o su forma de trabajo que, para algunos, genera lentitud y poca efectividad.

En el caso provincial, las primeras audiencias remotas comenzaron a principios de abril y en ellas se resolvieron varios casos de interés para la ciudadanía en general. Confirmaciones de prisión preventiva, absoluciones, cuartos intermedios y elevaciones a juicio, entre otros, fueron algunos de los puntos que se debatieron pantalla de por medio entre abogados, fiscales, jueces e imputados.

Los jueces Valerio, Adaro y Palermo.

Al respecto, la abogada penalista Bárbara Córdoba opinó: “El sistema de las audiencias remotas me parece un mecanismo moderno, práctico y ágil para los procesos penales, ya que les permite a los profesionales asistir a las distintas audiencias fijadas para un mismo día. Y sobre todo también resulta sumamente útil e inclusive necesario para los fiscales y los jueces que día a día deben participar de ellas”.

“Asimismo, sostengo que hay determinadas audiencias que requieren de la modalidad presencial por la complejidad de la causa por el fin para la cual fueron establecidas, y sobre todo por los efectos jurídicos que generan. Por ejemplo, estimo necesaria la audiencia de manera presencial para los juicios abreviados en los cuales los sindicados como responsables penalmente por un delito efectúan un reconocimiento del hecho delictivo”, explicó la letrada.

 

Audiencias en números

Una acordada de fecha 27 de mayo aprobaba el “Protocolo para audiencias no presenciales, que deberá ser utilizado como guía para la realización y registración de estos actos procesales por vía remota”, y luego esta medida se prorrogaría hasta mediados de septiembre.

El objetivo claramente era disminuir la cantidad de personas que circulaban a diario por el Palacio de Justicia de Mendoza, entendiendo el riesgo y la situación sanitaria que existía en la provincia en aquella fecha.

La primera vez que se implementó este sistema de audiencias remotas fue en abril pasado, cuando la Sala Penal y Laboral, presidida por Omar Palermo e integrada por José Valerio y Mario Adaro, llevó delante dos audiencias jurisdiccionales, una por amenazas en un contexto familiar y otra por un robo agravado.

En total, desde el inicio del aislamiento obligatorio en el país en Mendoza se efectuaron unas 500 audiencias, aproximadamente, incluyendo confirmaciones de prisiones o sentencias propiamente dichas.

 

Debate caliente por la perpetua

A las audiencias virtuales, el Poder Judicial sumó otro hito, si se quiere, y tuvo que ver con la discusión por la constitucionalidad de la prisión perpetua en Mendoza.

El polémico debate tuvo su origen en una sentencia de juicio por jurado (el caso del cuidacoches asesinado y quemado en Luján de Cuyo) donde el juez técnico Eduardo Martearena no aplicó la pena máxima para tres imputados por un homicidio agravado, al entender que “no es constitucional porque no permite la resocialización de las personas”.

La decisión levantó polvareda en la provincia entre los miembros del sistema judicial, la ciudadanía y, sobre todo, en los familiares de las víctimas. Lo cierto es que el 22 de octubre, el Ministerio Público convocó a una audiencia pública virtual –no vinculante– en la que participaron más de cien oradores.

El tema provocó diversas opiniones aunque la mayoría de los participantes se oponían a declarar inconstitucional a la perpetua, única pena válida en casos como homicidios agravados (artículo 80 del Código Penal).

La Sala II de la Corte Suprema – integrada por Adaro, Palermo y Valerio– deberá definir este planteo jurídico y técnico que tanta polémica generó en los mendocinos, que cada día les exigen mayor firmeza a los jueces a la hora de decidir sobre determinadas causas que son sensibles para la mayoría de la sociedad.