|31/07/20 07:46 AM

Fuertes argumentos contra la designación de Teresa Day en la Corte

Se realizó la audiencia convocada por el sector peronista de la Corte e impulsada por la oposición con Lucas Ilardo a la cabeza. Las 41 exposiciones cuestionaron que se haya cumplido con lo que exige la Constitución

31 de julio, 2020 - 07:46

Finalmente se concretó la audiencia pública organizada por la Sala 2 de la Suprema Corte de Justicia de la provincia. En ella se analizó si María Teresa Day se encuadró en el Inciso 3 del Artículo 152 de la Constitución de Mendoza, para asumir su cargo de ministra en el máximo órgano de justicia provincial. Paso jurídico que también sirvió para evaluar lo que sucede con el Poder Judicial en cuanto a su independencia, transparencia y asistencia de éste a todos los habitantes de Mendoza.

El evento, si bien previsto por mecanismos institucionales locales y del país, fue inédito, contó con la exposición de 41 personas. Entre abogados y juristas de la provincia y de todo el país, se fue remachando definitivamente la interpretación de que la propuesta, designación y asunción de Teresa Day fue irregular y violatorio de lo que indica la Constitución, postura que fue abrevada con fuertes condimentos políticos en la intervención de legisladores nacionales como José Luis Ramón, Marisa Uceda, el senador provincial Lucas Ilardo y el presidente del PJ local Guillermo Carmona. 

El esquema de la audiencia dejó en claro que el conflicto de poderes en la provincia ya no se puede ocultar. Acusando, principalmente al Poder Legislativo de obviar la Constitución de la Provincia. Indicando que la Justicia es el escenario donde se están dirimiendo cuestiones que muchas de ellas están alejadas de normativas, lo correcto y fundamentalmente que dice la Constitución. 

Es, en definitiva, una fuerte cinchada puramente política y no de comités y unidades básicas. Es una pelea con contrincantes políticos en funciones de instituciones del Estado. El hecho de que solo se haya escuchado a quienes ven incorrecto e improcedente de que Teresa Day sea ministra de la Corte y que no haya existido la posibilidad de quienes la propusieron y ven correcto el lugar que ocupa, muestra la gravedad institucional de la que se habla.

La irregularidad de la audiencia pública, correctamente invocada, contó con las presencias de Omar Palermo, Mario Adaro y Julio Gómez. Y la ausencia de quien la tendría que haber presidido, el actual presidente de la Corte, Dalmiro Garay, que delegó esa función en el titular de la Sala Dos, Omar Palermo. Además del faltazo de otros miembros, como José Virgilio Valerio, Pedro Llorente y la cuestionada María Teresa Day.

Las opiniones basadas en puntos legales y constitucionales pasaron por opiniones de profesionales de todo el país, fortalecida por abogados del foro local e instituciones, como la Asociación de Magistrados. No así otras, que no permitieron a sus asociados participar de la audiencia, cuestión denunciada por profesionales, como Sergio Salinas, que marcó el nivel de alta tensión que rodea a la justicia, sus fueros y a todos los agentes del derecho que pretendieron dar su opinión y posición.

 

Para las voces legalistas, Teresa Day no debería ser ministra de la Corte 

La mayoría de quienes expusieron invocaron posiciones de importantes hombres y mujeres del derecho argentino, para interpretar el porqué en Mendoza hay una grave irregularidad. Al respecto, una de las figuras mas invocadas, fue de la prestigiosa jurista Aida Kemelmajer de Carlucci, cuando alguna vez aseguró, “uno de los elementos negativos a la hora de tener en cuenta, cuando se evalúa la crisis de la justicia argentina, es el método de selección de jueces y miembros de la Corte”.

Entre los expositores, El Ciudadano rescata lo expresado por el presidente de la Unión Iberoamericana de Colegios y Agrupaciones de Abogados, Carlos Alberto Andreucci, quien dijo, “considero que la Suprema Corte de Justicia de Mendoza tiene absoluta competencia para resolver controversias y conflictos entre una Legislatura y otro poder. Todo bajo el dictado rector de la Constitución provincial, en donde en el Inciso 3 del Artículo 152 que indica claramente que para los abogados matriculados deben tener diez años de ejercicio real de la profesión, que para los magistrados deben ser de ocho años de ejercicio pleno”. 

Por su parte, la consejera titular del Colegio de Abogados de la Capital Federal, María Inés Fadel, expresó: “Cuando hablamos de ejercicio real, me refiero a los abogados y las abogadas matriculados que ejercen la profesión y litigan todos los días en los tribunales y lo hacen durante diez años, como prevé la Constitución. Esto es lo que hoy nos convoca aquí para observar que se transparente un acto constitucional y, al mismo tiempo, se cumpla, donde no solo se debe poseer el título profesional, sino el ejercicio real de la profesión para acceder al Poder Judicial, por el tiempo que dicta la Carta Magna, a lo que le agrego que para una conducta judicial ética la Asamblea General de Naciones Unidas expresó que las personas seleccionadas para ocupar cargos judiciales deben ser personas íntegras, idóneas, con formación y las calificaciones jurídicas apropiadas, por lo que todo método utilizado para la selección de personal judicial debe garantizar que éste no sea nombrado por motivos indebidos”. 

La exposición de la abogada del foro local, Viviana Beijel, fue muy encendida al referirse al Poder Judicial: “Aspirar a una justicia sensible, que entienda el dolor de las víctimas. Queremos una Justicia capaz de restituir derechos vulnerados, capaz de comprender lo que significa que un trabajador o una trabajadora pierda sus ingresos, que entiendan las necesidades alimentarias de niños, niñas y adolescentes, que brinde respuestas frente a las situaciones de violencia de género, que garantice derechos de acusados y comprenda lo que significa la privación de la libertad, una Justicia que no se cruce de brazos ante las violaciones a los derechos humanos, que no sea burocrática y que en definitiva restituya derechos”.

La profesional resaltó finalmente: “Si queremos este tipo de Justicia entonces, el alcance que se le debe dar al artículo 152 inciso 3 tiene que poner en valor el efectivo ejercicio libre de la profesión del abogado. Que litigan tribunales que lucha por los derechos en su rol de abogado, argumenta, interpreta, defiende, demanda, asesora, acompaña, asiste y litiga en todas las ramas del Derecho, ocupando los diversos roles que implica la profesión”. 

 

“Y ahora, ¿qué pasará?”

Es una pregunta que debería ser fácil de responder por parte de quienes deben colocar nuevamente el orden institucional en la provincia, algo difícil de dilucidar cuando son los intereses políticos partidarios los que prevalecen sobre lo que dicen todas las normativas constitucionales.

La permanencia o alejamiento de María Teresa Day en el cuestionado lugar de la Corte y el restablecimiento de las relaciones institucionales entre los tres poderes del Estado, como así el equilibrio interno en cada uno de ellos, será el desafío que viene por delante, acción que tiene pronóstico reservado, donde intereses mezquinos de la política con actores bien definidos, no hacen otra cosa que complicar más la situación mendocina.