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Denuncian grave contaminación del agua

Legisladores de Protectora afirman que Irrigación modificó una norma que impedía el vertido de efluentes contaminantes en cauces y acuíferos subterráneos

05 de agosto, 2020 - 09:02
 

Una nueva movida en defensa del agua y de denuncias sobre organismos que la deberían cuidar, se estaría preparando en dos ámbitos, la Justicia y la Legislatura. Y estaría siendo impulsada por el bloque de legisladores de la línea fundadora de Protectora Fuerza Política.

El tema se centraría en modificaciones a articulados que regían para las inspecciones de cauces en las diferentes cuencas hídricas de oasis productivos de toda la provincia, algo que la gente de PFP habría detectado a finales del convulsionado año 2019, investigado en profundidad los primeros meses de este año, actividad que fue abruptamente interrumpida, como todo, por la pandemia del COVID-19 y las medidas tomada ´para contrarrestarla.

El núcleo central de la denuncia sería la anulación que, según los legisladores de PFP se habría hecho en la Resolución 778 que tenía el Departamento General de Irrigación desde el año 1996. Fue una herramienta sobre el control de contaminación de cauces y acuíferos. Que además contenía parámetros sobre los afluentes que podrían ser volcados sin ser considerados contaminantes, lo que implicaba aplicar sanciones a toda empresa o particular que violara las restricciones que especificaban los parámetros de dicha resolución.

Según pudo constatar El Ciudadano, el pasado 12 de marzo, semanas antes de instalarse la cuarentena, el Boletín Oficial de la provincia publicaba la resolución 52/2020 del DGI, modificando la Resolución 778.

Lo otro en lo que estarían haciendo foco, como consecuencia de anular el poder de control de la Resolución 778, son en dos acciones que habrían provocado aún más la reacción de los legisladores. Las acciones de disolución e infiltración que para ellos permitirlas es un verdadero escándalo.

Cuando nuestro diario buscó interiorizarse se nos informó que “disolución” es una acción de diluir los efluentes en agua para que los valores en el punto de medición sean inferiores. La preocupación es que la dilución debe realizarse con ‘agua viva’, o sea, agua potable y cruda, ya que no se puede diluir en aguas residuales. De esta manera, “se estaría permitiendo el uso de agua que utiliza la población con fines contaminantes”, afirmarían desde PFP.

Con respecto a la infiltración, es una acción de inyectar nuevamente al suelo el agua que se está desechando, introduciéndolo tanto a acuíferos subterráneos como a las napas, que para los legisladores “esto implicaría que con las modificaciones implementadas se obtendrían permisos para realizar infiltración a los suelos y acuíferos subterráneos, albergando una gran contaminación”.

 

Comparan el efecto de la 778 con el que produce la ley 7.722

De acuerdo con fuentes consultadas, el tema se habría reactivado por estos días con encuentros y asesoramientos técnicos, jurídicos y legislativos que estarían recibiendo los legisladores (diputados y senadores) para la elaboración del abultado material que tendría dos bocas de presentación, tribunales y mesa de entradas del Poder Legislativo.

Nuestro diario pudo conocer que el senador Marcelo Romano, el diputado Mario Vadillo y el ingeniero químico Alberto Sabás, se habrían reunido para dar los últimos detalles de las presentaciones. En el encuentro, Romano habría expresado: “Continuamos muy preocupados por la eliminación que hizo el DGI de la Resolución 778. Era un elemento muy importante que prohibía el vuelco de afluentes industriales en los cauces, lo que significa que se ha producido un ablandamiento de esta legislación. El mismo se refleja desde principios de este año con el dictado de nuevas resoluciones 51 y la 52”.

“Para que se tenga una idea de lo que hablamos y lo que significa la resolución 778, que es como la Ley 7.722 que evita la utilización de cianuro en la megaminería. Ante eso la Resolución 778 era una herramienta que evitaba la contaminación a través del efluente industriales”.

Por su parte, Vadillo habría acusado: “Esto es lisa y llanamente permitir la contaminación de cauces de riego, una total locura que termina en el acuífero, cuando en gran parte se encuentra contaminado”.

En la intervención técnica, el ingeniero Sabás, habría especificado: “Teníamos niveles supuestamente bajos y más estrictos de conductividad, de sales y todos los contaminantes. Hoy vemos que con las nuevas resoluciones 51 y 52, esos márgenes se estiran mucho más, es decir, que las industrias van a poder aportar más sales y contaminantes a los ríos, con el agravante que los mismos tienen menos poder de dilución, porque los caudales son menores”. 

Los legisladores habrían concluido que “los órganos que tienen que controlar como Fiscalía Estado e Irrigación, no podían cumplir con los parámetros de la 778 por incapaces, ya que antes tenían la posibilidad de controlar y como no lo pudieron cumplir, mandaron a eliminar esta resolución, porque fíjese que había una contaminación manifiesta y una probable, que a quien le tocaba controlar le resultaba fácil, porque manifiesta era que a primera vista las condiciones de ese efluente eran contaminantes. En cuanto a la probable había que hacer análisis. A propósito de esto último, hoy tenemos dos fenómenos, la dilución y la infiltración, que estaban prohibidos y ahora permitidos”.

El final del diálogo entre los tres lo abrevó la mirada de Sabás que habría especificado: “La dilución es mandarlo a caudales, donde se puede diluir esos parámetros y que la contaminación baje. Lo grave es que se utilizan todos los recursos de agua que cuenta la provincia, bien sabido es que el agua no puede diluir algo que esta contaminado. Además de ir infiltrándolo, es decir, enviándolo a las napas del suelo”.