|06/04/22 09:53 AM

Buscan regular las piletas familiares para cuidar el agua

El proyecto de ley prevé, entre otros puntos, la prohibición de piscinas tipo 'estanque' que no cuenten con equipos de filtrado

Por Redacción

06 de abril, 2022 - 09:53

En la Legislatura buscan reglamentar el uso del recurso hídrico para piletas de uso recreativo, familiar y/o comercial, con la finalidad de preservarlo y aprovecharlo de manera eficiente. El proyecto fue presentado y debatido en la Comisión de Recursos Hídricos y sus autores son los senadores mendocinos Rolando Baldasso y Mercedes Rus.

Según indicaron, esta normativa se aplicará en territorio mendocino, "independientemente del destino de vivienda permanente, temporaria, fin de semana, laboral, comercial o empresarial".

En tanto, puntualizaron que será autoridad de aplicación cada uno de los municipios, a través de las áreas pertinentes según cada organigrama, teniendo a su cargo la habilitación, así como el ejercicio de la fiscalización y el control correspondiente. 

"Se entiende por recinto de pileta o piscina al área determinada con equipamiento, que incluye la pileta y el lugar que la circunda cerrado por un cerco perimetral o reja", remarcaron en el texto de la propuesta.

De esta forma, se prohibiría el uso de piletas tipo 'estanque', que no cuenten con equipamiento de filtrado y reciclado necesario que permita mantener el agua en condiciones de salubridad e higiene, por largos períodos de tiempo.

"La autoridad de aplicación tendrá a su cargo la reglamentación de las exigencias técnicas, la inspección y el control del equipamiento especificado", argumentan los senadores.

 

Nuevas obras

También explicaron que, si se trata de una nueva construcción nueva con pileta, "no se otorgará plano final de obra y habilitación edilicia si no se cumplen con las especificaciones técnicas de esta ley y las que establezca la específica normativa municipal".

"No se permitirán en viviendas unifamiliares piscinas o piletas con volúmenes de agua mayores a 50 m3. En caso que supere este volumen se deberá pedir autorización al organismo responsable de la distribución de agua potable en la zona y abonar el servicio de llenado mediante camión cisterna", describieron los legisladores.

Además plantearon que "en todos los casos que se dispongan de piletas, piscinas o cisternas en cualquier formato, se aplicará a la utilización de agua potable el régimen tarifario volumétrico. A tal fin, el proveedor del servicio de la zona donde se encuentre la piscina (Aysam, municipios, operadores comunitarios, cooperativas), colocaran el medidor correspondiente y cambiarán su régimen tarifario al mencionado".

En todos los casos que verifique que la propiedad posee espacios verdes importantes (mayor de 100 metros cuadrados) y que se verifique que la misma ha renunciado al derecho de riego del predio frente al DGI, también se deberá cambiar el régimen tarifario de la propiedad al volumétrico, tomando los mismos recaudos del artículo precedente.