Por Redacción
2 Julio de 2024 - 20:17
Un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló todos los actos jurídicos que determinaron que se le entregue a la comunidad mapuche Millalonco Ranquehue un predio de 180 hectáreas, que pertenecen al Ejército Argentino, ubicadas en las cercanías de Bariloche sobre la ladera oeste del cerro Otto.
Por esta causa, en los tribunales federales de Comodoro Py 2002 se había abierto una causa penal para investigar la responsabilidad de los funcionarios nacionales que no apelaron la decisión, con sospechas de que fue directamente por instrucciones políticas, durante el Gobierno de Alberto Fernández.

En la causa, por estar taxativamente legislado en la Constitución Nacional, se debía considerar como parte a la provincia de Río Negro, para que pudiera ejercer su derecho de defensa en juicio. "Las circunstancias son suficientes para advertir, sin mayor esfuerzo, que la Provincia de Río Negro debe ser convocada a efectos de integrar la litis correctamente.
Su interés en el conflicto resulta evidente, pues la actora pretende instrumentar una resolución del INAI que fue dictada sin el debido respeto a los poderes concurrentes de la provincia en la materia. También es clara su legitimación para reclamar judicialmente participación en el asunto", resalta la sentencia.
"Las provincias tienen un claro interés institucional en defender el ejercicio de sus atribuciones concurrentes en materia de derechos de los pueblos indígenas; y están habilitadas para actuar en juicio con esa finalidad", sostuvo la Corte, que hizo "uso de las facultades de excepción que empleó en casos similares en procura de la debida salvaguarda de las garantías constitucionales de la defensa en juicio y del debido proceso" y anuló toda la causa.
El terreno en cuestión pertenece desde 1937 al Ejército Nacional, pero las familias de la comunidad Millalonco Ranquehue sostienen que habitaban este territorio desde fines de siglo XIX, antes de que se establezcan las tropas militares en el lugar.
El Estado Nacional los reconoció mediante una resolución del INAI del 2012, cuando gobernaba Cristina Fernández de Kirchner.

La causa comenzó a fines del 2020 en los tribunales de Bariloche, donde la comunidad Millalonco dijo en la Justicia que el INAI ya había mensurado sus terrenos en 2011 pero que todavía la comunidad no tenía el título de propiedad comunitaria. Por eso solicitó "la inmediata transferencia directa a la Comunidad".
El Ejército y el Ministerio Público fueron a la Corte Suprema y a fines de marzo del 2023, por unanimidad, el máximo tribunal resolvió suspender la entrega de tierras. Advirtió que existía gravedad institucional en la gestión en la que intervinieron los organismos del Estado porque la jueza de primera instancia había ordenado ejecutar la sentencia pese a que no se encontraban configuradas las condiciones expresamente previstas en dicho pronunciamiento para proceder de ese modo.
A la vez, en Comodoro Py se radicó la denuncia para analizar por qué no llegó la apelación a tiempo de las entidades del Estado. La Sala I Cámara Federal porteña, revisó el fallo y dispuso el procesamiento de todos por incumplimiento de sus deberes a los funcionarios involucrados.
"Hubo una maniobra que dejó en estado de indefensión al Ejército Argentino", sostuvo el fallo.

Ahora, el fallo de la Corte sostiene: "Si la lectura del expediente pone al descubierto una trasgresión a las garantías constitucionales de la defensa en juicio y el debido proceso de tal entidad que, más allá de cualquier imperfección en la habilitación de la competencia de la Corte para conocer de los agravios expresados respecto de la sentencia apelada, afecta la validez misma de su pronunciamiento", citando jurisprudencia, y agregó que "El estudio de los autos bajo examen revela una infracción de la magnitud referida, ya que el proceso no fue integrado correctamente".
Se omitió dar intervención a la Provincia de Río Negro, cuya citación resultaba necesaria para que pudiera ejercitar su derecho de defensa en juicio y se dictara una sentencia que le fuera oponible y, por lo tanto, resultara útil". Lleva la firma de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.
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