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Francisco anuló el "secreto pontificio" en investigaciones de pederastia

A las modificaciones realizadas por el papa, se suma también el cambio de la ley sobre el delito de pornografía infantil

Por Redacción

17 de diciembre, 2019 - 10:02

El papa Francisco realizó este martes dos importantes cambios dentro de la Iglesia católica: abolió el secreto pontificio en casos de violencia sexual y abuso de menores cometidos por clérigos, y también decidió cambiar la ley sobre el delito de pornografía infantil, haciendo caer dentro de los casos de delicta graviora (los delitos más graves) la posesión y difusión de imágenes pornográficas que involucren a menores de hasta 18 años de edad.

El primer documento, el más importante, es un rescripto firmado por el Cardenal Secretario de Estado, Pietro Parolin. El mismo especifica que la "la información se tratará de manera que se garantice su seguridad, integridad y confidencialidad” establecidas por el Código de Derecho Canónico para proteger “la buena reputación, la imagen y la privacidad” de las personas implicadas. Pero este “secreto de oficio”,“no obsta para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en cada lugar por la legislación estatal”, incluidas las obligaciones de denuncia, “así como dar curso a las resoluciones ejecutivas de las autoridades judiciales civiles”. Además, a quienes realizan las denuncias, a las víctimas y a los testigos “no puede imponerse vínculo de silencio alguno” sobre los hechos.

El segundo, firmado también por Parolin y por el prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, cardenal Luis Ladaria Ferrer, manifiesta la modificación de tres artículos del motu proprio Sacramentorum sanctitatis tutela. Establece que sea considerado como uno de los delitos más graves reservados para el juicio de la Congregación para la Doctrina de la Fe “la adquisición o posesión o divulgación, con un fin libidinoso, de imágenes pornográficas de menores de dieciocho años por parte de un clérigo, de cualquier manera y por cualquier medio”. Hasta el momento, ese límite se fijaba en los 14 años.

Finalmente, en otro artículo, se permite que en los casos relativos a estos delitos más graves, el papel de “abogado y procurador” pueda ser desempeñado también por fieles laicos con un doctorado en Derecho Canónico y no solo por sacerdotes.

Fuente: Vatican news