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Reintegro del 10% si pagas con tarjeta de débito la compra de carne

Los comercios que revistan la categoría de Responsable Inscripto o sean monotributistas con hasta tres empleados declarados, serán incorporados de manera automática. Comienza el 1 de marzo

Por Redacción

17 de febrero, 2023 - 12:56

La medida entrará en vigencia el 1° de marzo, hasta el 31 de diciembre de este año, e incluye un diferimiento por 90 días en el pago de obligaciones impositivas a los comercios enmarcados en esta actividad.

La Afip estableció el régimen de reintegros del 10% para consumidores finales que realicen compras en carnicerías con tarjeta de débito, prepagas o similares asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras o fintech.

El beneficio instrumentado a partir de la Resolución General 5330 publicada en el Boletín Oficial consiste en un reintegro del 10% del monto de la operación realizada en establecimientos dedicados a la comercialización de carne vacuna, con un tope de devolución de hasta $2.000 mensuales.

Estará vigente para las transacciones mediante terminales de pago como por medio de códigos QR. 

Las entidades financieras deberán acreditar la suma en las cuentas de los consumidores finales a los cuatro días de concretada la operación, y el detalle deberá figurar en el resumen de cuenta físico o electrónico de los clientes.

Para ello, el organismo conducido por Carlos Castagneto creó un nuevo “Registro de carnicerías”.

Los comercios que revistan la categoría de Responsable Inscripto o sean monotributistas con hasta tres empleados declarados, serán incorporados de manera automática.