Por Ciudadano.News
10 Abril de 2024 - 10:11
El Gobierno nacional dio a conocer la versión definitiva del proyecto de Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, conocido como “ley fiscal”, que incluye la creación del Régimen de Regularización de Activos, a través del cual se podrán blanquear hasta cierta suma sin ninguna penalidad, e incluso la alícuota también va a ser 0% si se cumplen algunos requisitos contemplados en la norma.
Como se dio a conocer, el proyecto determina una alícuota cero para quienes declaren hasta US$100.000, pero para tener ese beneficio deberá ser ingresado en el sistema financiero argentino y no retirarlo hasta el 31 de diciembre del año próximo, o se destine a cierto tipo de inversiones a ser definidas por el Poder Ejecutivo.
Así lo informó el ministro de Economía, Luis Caputo, en la red social X (Twitter) al postear sobre una cuenta que destacaba los beneficios de poder ingresar al sistema US$100.000 sin pagar ninguna penalidad.
“También es alícuota cero para montos superiores a los US$100 mil dólares, en tanto y en cuanto lo entrés", agregó Caputo en la red social.
En el mismo sentido, añadió que “si adelantás el pago de bienes personales del 2023 al 2027 lo hacés a una alícuota de 0,45 pct por año (2,25 por los 5 años, pagaderos al tipo de cambio oficial)”.
“Esto te da derecho a no tener que presentar declaración jurada hasta el 2028, y estabilidad fiscal hasta el 2038”, aclaró el titular de Hacienda. https://ciudadano.news/economia/se-viene-el-halving-y-el-bitcoin-bajo-a-tomar-agua
De acuerdo a la iniciativa presentada por el Poder Ejecutivo, el blanqueo de capitales se dividirá en tres etapas: la primera desde la reglamentación de AFIP hasta el 30 de septiembre, la segunda del 1° de octubre al 31 de diciembre y la última del 1° de enero de 2025 al 31 de marzo de ese año.
En cada período se deberán manifestar adhesiones y realizar pagos en caso de que correspondan.
Por otra parte, además de los residentes argentinos, podrán participar del blanqueo "las personas humanas que hubieran sido residentes fiscales en Argentina antes del 31 de diciembre de 2023 y que, a dicha fecha, hubieran perdido tal condición de acuerdo a las normas de la Ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, podrán adherir al presente Régimen de Regularización de Activos como si fueran sujetos residentes en Argentina, en igualdad de derechos y obligaciones que los sujetos residentes. De ejercerse esta opción, se considerará que estos sujetos han adquirido nuevamente la residencia tributaria en el país”, según se aclara en la normativa.
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