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El gobierno decidió desdoblar los aumentos en la medicina prepaga

Autorizó un aumento de las prepagas del 22% en tres tramos

Por Redacción

10 de noviembre, 2022 - 10:04

 

Los incrementos serán de hasta un 8% en mayo, de hasta 10% adicional y acumulativo a partir de junio y de hasta un 4% acumulativo en julio. Durante 2022 el servicio de medicina prepaga ya había aumentado el 9% en enero.

Respecto de la resolución vinculada a las prepagas, las mismas fuentes indicaron que allí se estipulará que el aumento del 13,8% previsto para el próximo mes de diciembre se dividirá en dos cuotas consecutivas de un 6,9%.

La decisión de modificar el ajuste en las cuotas se produjo luego de que el pasado 26 de septiembre la vicepresidenta Cristina Kirchner afirmó que se trataba de un incremento "francamente inaceptable".

"Resulta francamente inaceptable el nuevo aumento, esta vez de dos dígitos (13,8%), que el Gobierno autorizó a las empresas de medicina prepaga, y que de esta manera suman el 114% anual de aumento otorgado. O sea, más de un 20% sobre la inflación anualizada", apuntó la exmandataria a través de su cuenta de Twitter.

En cuanto al bono para adultos sin ingresos, el Ejecutivo nacional estableció que "será otorgado a personas que se encuentren en situación de extrema vulnerabilidad" y no perciban otro tipo de ayudas sociales. El monto del refuerzo alimentario será de $45.000 y se abonará en dos pagos de 22.500 en los meses de noviembre y diciembre próximo

En los considerandos del decreto, se señala que “resulta necesario establecer criterios normativos que regulen las actividades económicas llevadas a cabo dentro del ámbito de la medicina privada, toda vez que, si bien se establecen como relaciones entre privados, por sus características específicas, su debida prestación es considerada un derecho de los consumidores”.

En cuanto a los aumentos, la medida establece que a partir del 1° de febrero de 2023 y por el plazo de 18 meses, el incremento del valor de las cuotas de la medicina prepaga, incluidas aquellas que acceden al servicio por derivación de sus aportes obligatorios del sistema de obras sociales, tendrá como tope máximo el 90% del índice RIPTE, del mes inmediato anterior publicado