16 Septiembre de 2020 - 14:38
Brecha cambiaria y tipos de cambio, son dos cuestiones que en Argentina tienen multiplicidad de matices y sufren variaciones continuamente.
El BCRA, comandado por Miguel Pesce, dispuso desde ayer una serie de medidas dispuestas a desalentar la compra de dólares para ahorristas pero que afecta también a los argentinos que viajen al exterior y usen sus tarjetas para hacer gastos y también a aquellos que tienen contratado algún servicio que se abona en dólares.
Hay que aclarar además que aquellos beneficiarios de planes sociales no podrán acceder al mercado cambiario.
Teniendo en cuenta esa profundización del cepo, hay varias preguntas que podemos hacernos y que en esta nota de El Ciudadano vamos a darte la respuesta.
Valor del “nuevo dólar ahorro”
Tomando como referencia el valor del dólar (oficial) para la venta que ofrece el Banco Nación, el nuevo dólar oscilará en un valor (al día de hoy) de $130. Es decir si antes ponías $80 para hacerte de un dólar, ahora eso te costará $130.
¿Qué fue lo que anunciaron desde el BCRA?
La AFIP impondrá un anticipo del 35% de impuesto a la Ganancias o a Bienes Personales para la compra del dólar ahorro y que los gastos con tarjeta en moneda extranjera se harán a cuenta del cupo de hasta US$ 200 mensuales.
¿Qué pasa con los gastos que haga con la tarjeta si viajo al exterior?
A los viajeros se les restará el gasto que hagan en dólares en el extranjero, del cupo mensual máximo disponible para la compra (US$ 200). Es decir que si el gasto por ejemplo fue US$60 en este mes, solo me quedarán disponibles US$140 para el pago de servicios dolarizados o compras del denominado “dólar ahorro” en el mes siguiente.
¿Qué pasa si me excedo del cupo mensual de US$ 200?
Si en la tarjeta gasté por ejemplo US$ 500, el excedente de los US$ 200 se irá descontando en los siguientes meses y no se podrá comprar dólares durante ese lapso, hasta que nuevamente esté disponible un resto del cupo. Es decir, si gasto US$ 500 en septiembre, agoté el cupo máximo de octubre, noviembre y recién el diciembre se liberaría en este caso puntual, la compra para US$ 100.
¿Hay tope de consumo en dólares para la tarjeta de crédito?
No. Pero al hacer los gastos se limitará según los mismos la capacidad de ahorro de esa persona en la divisa norteamericana.
Precios de Netflix, Spotify y otros servicios digitales
Plataformas de servicios de streaming como Netflix, Amazon Prime, Spotify, consideradas como “servicios digitales”, tendrán un recargo impositivo de 8%, en vez de 30 %, si la empresa "factura en dólares, si en la tarjeta te llega como un consumo en dólares, pagás el impuesto y la retención y consume cupo", explicaron fuentes.
El “dólar Amazon” o “dólar Netflix”, etc, rondará los $113. (Para saber cuánto te aumenta el servicio, según cada paquete y contratación, primero tenes que saber su valor a precio dólar y después calcularlo con esa cifra que acá te dejamos).
En vez de un 30% de recargo del Impuesto PAIS, computarán como decíamos con un 8% pero si les aplicará la retención a cuenta del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales que es del 35%.
Hay que destacar que los servicios facturados en pesos, no pagarán el nuevo impuesto.
Servicios digitales que aumentarán el valor (si se abonan en dólares) a raíz de lo anunciado por el BCRA:
Servicios de streaming Antivirus Aplicaciones pagas de Google Play e iOS Suscripciones de videojuegos Plataformas de almacenamientoLos servicios en dólares ocupan el cupo permitido de compra mensual
Sí. Como lo lee, es decir que al margen de US$ 200 que uno puede adquirir por mes hay, que restarle, en caso de que los tenga, servicios en dólares como los que describíamos más arriba o el monto dolarizado que vino en el resumen de la tarjeta (crédito o débito).
Compras excluidas del nuevo recargo del 35% a cuenta del impuesto a la Ganancias o a Bienes Personales
La compra de libros (papel o digital) Medicamentos y los gastos referidos a prestaciones de salud El abono de plataformas educativas o software dedicados a ese fin Gastos asociados a proyectos de investigación, siempre y cuando los investigadores se desempeñen en el Estado o estén dentro del sistema universitario argentino.Si no pagaba Ganancias y con la aplicación de este impuesto, ¿cuándo me reintegran el dinero?
Ya que el 35% de percepción a cuenta de Ganancias y Bienes Personales, no cabe para todos los trabajadores registrados en AFIP, se podrá solicitar un reintegro de ese margen en caso de que la persona no esté alcanzada por dichos impuestos.
Se podrá solicitar la devolución del gravamen una vez concluido el año calendario en el que se efectuó la percepción.
El reintegro a fin de año para los que no pagan Ganancias, sólo se hará efectivo si no existe una deuda con AFIP por parte de ese contribuyente.
Si pagaba Ganancias, ¿cómo me afecta este impuesto?
En el caso de los contribuyentes de AFIP, que por su nivel de ingresos están alcanzados por Ganancias, tendrán la percepción del citado 35% % a cuenta de esos impuestos cuando hagan la declaración jurada anual.
¿Desde cuándo rige lo anunciado recientemente por el BCRA?
La medida es retroactiva al 1° de septiembre.
Los gastos en dólares o compra de los mismos que se realice este mes, impactará en el cupo permitido para el mes entrante, octubre.
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