Por Ciudadano.News
6 Enero de 2023 - 23:24
El Ministerio de Seguridad dio por oficializado en todo el territorio nacional el incremento de la Tasa de Seguridad de la Aviación. La decisión, tendrá carácter efectivo desde el próximo lunes 9 de enero de 2023 e impactará en los precios de los pasajes de cabotaje e internacionales.
Vigencia y alcance de la medida
La medida quedó vigente a través de la Resolución 3/2022, publicada este viernes 6 de enero en el Boletín Oficial. Los pasajeros, desde la fecha estipulada, deberán abonar el impuesto siempre que se trasladen en cualquier aeronave, ya sea comercial o no comercial, como así también, en vuelos regulares, privados o sin ruta declarada.
A partir del lunes próximo, el costo de la Tasa de Seguridad para vuelos internacionales y regionales por cada pasajero que aborde en aeropuertos o aeródromos que estén dentro del Sistema Nacional de Aeropuertos de la Argentina, se tendrá como base una tarifa de USD 1.40 en moneda estadounidense.
Con respecto a las rutas dentro del espacio aéreo argentino, el monto de la tasa en cuestión es más bajo y en pesos. Cada pasajero que aborde un vuelvo doméstico deberá desembolsar $260 en moneda nacional.
¿Quiénes están exentos de pagar el impuesto?
Niños: menores de 3 años en el caso de los vuelos de cabotaje y por debajo de los 2 años para recorridos internacionales o regionales. Personal diplomático. Pasajeros en tránsito: Son aquellos que arriban al aeropuerto como escala y continúan su viaje en el mismo vuelo. Pasajeros que embarquen en aeronaves de matrículas públicas, nacionales o provinciales como las militares, gubernamentales, sanitarias, policiales, aduaneras, en cumplimiento de su misión asignada o que, por cuestiones de salud, aborden en aviones de emergencia médica.Sin embargo, aclara la disposición que las antedichas excepciones no incluyen al "pasajero en transferencia". Este es el que arriba al aeropuerto pero continúa su viaje en un vuelo distinto.
Cálculo del gravamen
El gravamen que empezará a aplicarse, se creó a través de la Ley 27.701 y corresponde al servicio público de seguridad de la aviación civil contra actos de "interferencia ilícita". Asimismo, el nuevo impuesto no podrá superar el monto equivalente al 0.25% del sueldo básico correspondiente a un rango estipulado del Personal Policial de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA).
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