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La compra de dólares para ahorro también tendrá el impuesto del 30%

La medida fue anunciada por el ministro de Economía Martín Guzmán y tendrá una validez de cinco años. Además, continuará vigente el límite de compra de 200 dólares mensuales

Por Redacción

17 de diciembre, 2019 - 18:30

El Gobierno anunció este martes que cobrará un impuesto del 30% a todas las compras de dólares para ahorro

El impuesto de 30% que anunció el Gobierno para las transacciones en moneda extranjera con tarjetas será aplicado también a las operaciones de compra de la divisa estadounidense para ahorro. 

La información fue dada a conocer esta mañana por el ministro de Economía, Martín Guzmán, quien además aseguro que continuará vigente el cepo cambiario, que establece un límite de compra de 200 dólares mensuales.

Actualmente, el acceso a los dólares para ahorro está limitado a USD 200 por mes por una decisión adoptada por el Banco Central durante la gestión de Mauricio Macri. Así, Martín Guzmán aseguró que esa restricción de acceso al mercado continuará vigente.

Es decir que aquellos que deseen ahorrar en moneda estadounidense tendrán que comprar los dólares con una “cotización” virtual que será 30% mayor que el valor del dólar oficial tipo vendedor del Banco Nación. Hoy, ese valor se aproxima a los $82.

"Necesitamos desalentar el ahorro en una divisa que no generamos. Se cobrará un impuesto del 30% a la compra de divisas para atesoramiento, y el 70% de la recaudación de ese impuesto estará destinada a la seguridad social, que fue dañada en estos años", confirmó Guzmán.

Según establece la nueva norma tendrá una vigencia de 5 años, aunque el Presidente tendrá facultades extraordinarias para modificar el régimen

Las operaciones alcanzadas con el impuesto del 30% son:

  • La compra de divisas en moneda extranjera para atesoramiento.

  • El cambio de divisas efectuado por las entidades financieras por cuenta del adquirente destinadas al pago de bienes o prestaciones y locaciones de servicios efectuadas en el exterior y servicios prestados por sujetos no residentes en el país

  • La adquisición de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes del país
  • La adquisición de servicios de transporte de pasajeros con destino fuera del país.