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Fondo de Desempleo | Los titulares podrán tramitar la jubilación anticipada

El Gobierno modificó los requisitos para facilitar a muchas personas la posibilidad de jubilarse, incluyendo al período de licencia por maternidad

Por Redacción

24 de febrero, 2022 - 18:21

Este jueves el Gobierno Nacional flexibilizó las condiciones para acceder a la jubilación anticipada para los titulares de la Prestación por Desempleo, con el fin de "paliar la situación" de falta de trabajo e ingresos de personas con edades avanzadas.

Los cambios se hicieron a los requisitos. La jubilación anticipada está vigente desde el año pasado y beneficia a quienes tienen 30 años o más de aportes, pero les falta hasta 5 años para llegar a la edad de jubilarse, y se encontraran desempleados al 30 de junio de 2021.

Ahora, la Secretaría de Seguridad Social permitió "computar ciertos períodos en los que no se han prestado servicios" o durante los cuales no existía obligación legal de aportar a la seguridad social, como el período de licencia legal por maternidad y el período durante el cual se ha percibido prestaciones por desempleo", según indica la Resolución 2/2022 publicada en el Boletín Oficial.

A su vez, se va a permitir computar como años de servicio los períodos amparados en esquemas de regularización de deudas previsionales, siempre y cuando las deudas "hayan sido canceladas antes del 30 de junio del 2021", dice el texto oficial.

Para el Ejecutivo es "de estricta justicia" que se computen períodos como el de licencia por maternidad, ya que "la carrera laboral de las mujeres se ve obligatoriamente interrumpida a causa de la gestación" y por eso no se pueden quitar sus derechos.

Por otro lado, resaltó que en las últimas décadas la falta de trabajo ha hecho que sea cada vez más difícil aportar a la seguridad social, por lo que el Fondo de Desempleo es "una prestación contributiva de la seguridad social y el tiempo de su percepción se computa como tiempo efectivo de servicio".

¿Cuánto se cobra por jubilación anticipada?

La jubilación anticipada equivale al 80% del haber calculado a la fecha de solicitud, pero en ningún caso puede resultar inferior al haber mínimo, que desde la semana que viene aumenta a $32.630, debido al incremento del 12,28% por Ley de Movilidad.

Los beneficiarios tienen derecho a los servicios que otorga el PAMI y a las asignaciones familiares.

¿Cuál es su objetivo?

Que las personas con aportes, pero sin la edad necesaria, puedan acceder igualmente a su trámite de jubilación y "paliar la situación de desempleo y falta de ingresos de un gran sector de la población nacional con edades avanzadas".

Dejarán percibir la anticipada cuando se alcance la edad jubilatoria (60 años las mujeres y 65 los varones) y los beneficiarios pasen a cobrar el 100% del haber previsional que les corresponda.

Quiénes pueden acceder a la jubilación anticipada?

Según explicaron, pueden acceder hombres de entre 60 y 64 años y mujeres de entre 55 y 59 años que tienen los 30 años de aportes necesarios para jubilarse, pero aún no alcanzaron la edad requerida y están desempleados, con lo cual no tienen ingresos fijos.

Requisitos

  • Tener desde 60 años (hombres) y 55 años (mujeres).
  • Tener 30 años de aportes efectivos, o sea que no podrá acceder con una moratoria. Es excluyente, o sea que si no tienen los años de aportes no podrán iniciar el trámite.
  • Deben estar desocupados al 30 de junio de 2021.
  • Mantenerse desempleado mientras se lo está cobrando y no percibir ningún otro beneficio o plan social.
  • No residir en el exterior ni ausentarse por más de 90 días si se lo está cobrando.
  • Es incompatible con el trabajo en relación de dependencia, monotributo o autónomo y con otros planes sociales o beneficios previsionales.

Fecha de cobro jubilados y pensionados marzo 2022

  • DNI terminados en 0 ➡ miércoles 9 de marzo
  • DNI terminados en 1 ➡ jueves 10 de marzo
  • DNI terminados en 2 ➡ viernes 11 de marzo
  • DNI terminados en 3 ➡ lunes 14 de marzo
  • DNI terminados en 4 ➡ martes 15 de marzo
  • DNI terminados en 5 ➡ miércoles 16 de marzo
  • DNI terminados en 6 ➡ jueves 17 de marzo
  • DNI terminados en 7 ➡ viernes 18 de marzo
  • DNI terminados en 8 ➡ lunes 21 de marzo
  • DNI terminados en 9 ➡ martes 22 de marzo