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¿A cuánto se va?

El Gobierno aumentó el Salario Mínimo y es el más bajo en 30 años

Después de no lograr un acuerdo en la última reunión, el Ejecutivo fijó por decreto una suba en cuatro cuotas hasta octubre. Todos los montos actualizados.

Redacción

Por Redacción

26 Julio de 2024 - 12:29

Nuevamente, el incremento será escalonado.
Nuevamente, el incremento será escalonado. Web

La semana pasada, el Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) fracasó una vez más en su intento por lograr un acuerdo entre representantes sindicales, empresariales y el Gobierno Nacional para aumentar el piso salarial.

Es por eso que, tal como se esperaba, el Ejecutivo fijó los nuevos montos por decreto y lo publicó este viernes en el Boletín Oficial.

La Resolución 13/2024 lleva la firma del subsecretario de Trabajo, Martín Huidobro, y establece nuevamente un aumento escalonado en cuatro tramos, los cuales culminarán en octubre. En agosto el incremento será del 3,23% y en septiembre, del 2,14%.

Por último, en octubre se registrará una suba del 1,31%, mucho más bajo de lo que se pedía. De hecho, se mantiene como el menor en 30 años. De esta manera, los nuevos salarios básicos quedan de la siguiente manera:

  • Desde el 1 de julio el salario mínimo se elevará a $254.231,91 por mes, mientras que la hora de trabajo sube a $1.271,16.
  • Desde el 1 de agosto aumenta a $262.432,93 para los trabajadores mensualizados y a $1.312,16 por hora.
  • Desde el 1 de septiembre el monto básico se va a $268.056,50 por mes y a $1.340,28 por hora.
  • Desde el 1 de octubre, el salario mínimo subirá a $271.571,22 por mes, mientras que la hora de trabajo se elevará a $1.357,86.

Los nuevos valores impactarán a mes vencido, por lo que el monto de julio se debería ver reflejado en los sueldos de agosto. A raíz de la definición, rápidamente se expresó la CGT en redes sociales con un contundente mensaje: "Otra vez sopa".

A su vez, al actualizarse el SMVM también lo hará el Fondo de Desempleo de ANSES, el cual representa el 75% de la mejor remuneración mensual de un trabajador en los últimos 6 meses previos al cese del contrato laboral. Sin embargo, "en ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente ni superior al 100%", indica la resolución.